La denominada y autoimpuesta "Comisión Rettig" tuvo como objetivo explicar lo inexplicable y autojustificar una actuación inconstitucional por parte del gobierno de Allende e inculpar a las FFAA, Carabineros e Investigaciones de "violaciones a los derechos humanos", que no ha resultado ser más que un "negocio" para los gobiernos de la concertación, es decir un robo al Estado de Chile.
Y las erradas, parciales y malignas conclusiones que arriba esta denominada Comisión en sus tres tomos, es la base para las acciones de un Poder Judicial corrupto y prevaricador que ha resultado en el procesamiento y encarcelamiento de cientos de militares y además ha tergiversado la realidad histórica de la Patria.
En 1991, el Ejército de Chile, al ver los resultados de esta Comisión, le hizo llegar un cuarto tomo con la visión de esta Institución que analiza la realidad de la historia de Chile a partir del comienzo de la subversión en 1965 cuyo objetivo final era la destrucción de la democracia, la derrota militar de las FFAA y la imposición de un gobierno totalitario marxista.
Este cuarto tomo "no existe" en ningún organismo del gobierno actual, ni siquiera en el Ministerio del Interior. En él se analizan las verdaderas causas del rompimiento democrático en Chile, los grupos terroristas amparados por un gobierno elegido, la intromisión invasora de potencias extranjeras, las acciones terroristas y sus resultados, con miles de muertos y heridos. Pero este tomo, repito, dejó de ser un documento para los gobiernos de la concertación y se ha ocultado deliberadamente a la Nación.
Pero varios tenemos alcance a él. Relataré por este medio lo fundamental de aquel, comenzando con la respuesta que el Ejército de Chile le hace al gobierno de la época y a la Comisión misma.
POSICION DEL EJERCITO
I INTRODUCCIÓN:
El 14 de marzo último (1991), El Excelentísimo señor Presidente de la República entregó al conocimiento del país el Informe emanado de la Comisión antes señalada.
Al dirigirse a la ciudadanía el Jefe del Estado hizo un llamado a todos los chilenos “ a aceptar la verdad expuesta en el Informe y a ajustar su conducta a ese reconocimiento.”
El Ejército de Chile, por lealtad con la Patria, con la memoria de aquellos de sus filas que ofrendaron sus vidas y con los deudos de éstos, y dentro de su permanente espíritu de unidad nacional, ha resuelto pronunciarse oficialmente acerca del contenido de dicho informe.
Lo hace con el propósito de situar los hechos y las circunstancias en su justa dimensión, teniendo en cuenta que, no obstante las aprensiones hechas públicas el 25 de mayo de 1990, colaboró en el cumplimiento de las funciones asignadas a la Comisión.
El Ejército hace su presentación fundamentado en los valores y principios que permanentemente lo orientan en el cumplimiento de sus deberes, los que a lo largo de la historia ha asumido siempre en función de los más trascendentales objetivos nacionales. Estos los han llevado, incluso, a construir, con la mayoritaria aprobación del pueblo, nuevos y más sólidos cimientos para las normas de convivencia que hoy imperar en la sociedad chilena.
La paz y la tranquilidad que, en conjunto con las demás instituciones de las Fuerzas Armadas y Carabineros, legó al país, así como también las reales posibilidades de progresar en justicia y en democracia. No habrían sido posibles sin su patriótica, fundamental y decisiva actuación.
Asimismo, el Ejército expone su opinión teniendo en cuenta el anhelo de reconciliación en el que está empeñado el señor Presidente de la República y que mayoritariamente inspira a los chilenos, objetivo que encuentra y encontrará en la institución a un partícipe entusiasta y un colaborar leal.
II DESARROLLO
A.- Confirmación de las aprensiones institucionales. Un representante del Ejército se reunió, en mayo de 1990, con el Presidente de la Comisión antes mencionada. En esa ocasión se le proporcionaron a este último los fundamentos de las aprensiones institucionales respecto de la actuación práctica de ese organismo y sus eventuales consecuencias, principalmente en relación a la factibilidad de desarrollar un trabajo administrativo de esta naturaleza con real objetividad, a la posible injerencia indebida de la comisión en actividades que han estado reservadas desde siempre en Chile con exclusividad a los Tribunales de Justicia, y a la eventual utilización político propagandista de sus conclusiones, por parte de sectores interesados en desprestigiar a determinadas personas e instituciones.
El Ejército no puede menos que hacer ver con preocupación que las referidas aprensiones se han visto confirmadas al término del trabajo de la Comisión y, en especial, una vez conocido por la opinión pública el contenido del informe emitido por ella.
Resulta evidente que la tarea encomendada a la comisión , consistente en investigar denuncias por supuestas transgresiones, en breve tiempo y con recursos humanos no adiestrados en investigaciones y comprobaciones de hechos de suyo complejos, la dedicación parcial de sus miembros, según lo reconoce el mismo Informe: la delegación de sus audiencias en funcionarios con dependencia de una secretaría de Estado, que no eran miembros de la Comisión, la pública posición de algunos de sus miembros hacia las instituciones de la Defensa Nacional y, por último, la consideración de versiones parciales y unilaterales de los hechos, no podían sino llevar a impedir que el informe reflejara verazmente lo sucedido en el país, incluso en el estrecho marco histórico al que se le restringió.
En efecto, su contenido revela un desconocimiento imperdonable de las reales causas que motivaron la acción de restauración nacional emprendida a partir del 11 de septiembre de 1973.
También ha quedado comprobado, como se expondrá más adelante, que la Comisión ejerció funciones jurisdiccionales al margen de las normas fundamentales de la república y propias de un estado de derecho, al no sólo tomar conocimiento de los hechos, sino que entrar en el terreno de la determinación de eventuales responsables.
La amplia cobertura publicitaria sobre las situaciones que expone ha incentivado la utilización del Informe con fines político-partidistas, provocando un ambiente de desprestigio en torno a instituciones fundamentales de la república.
Al mismo tiempo, la opinión pública ha sido testigo del sensacionalismo con que algunos medios de comunicación han descrito las investigaciones realizadas por la Comisión, lo que, desgraciadamente, ha alentado y cohonestado actitudes extremistas de quienes, en lugar de perseguir la reconciliación nacional, sólo desean ver satisfechos ánimos de venganza y revanchismo contra quienes desbarataron su proyecto totalitario.
De aquí que el Ejército estime su deber denunciar cómo, en los hechos, la infundada pretensión de verdad del Informe no podía sino originar, como ha originado, una espiral de violencia y de animosidades, opuesta a absolutamente a los propósitos conciliadores expresado por el Primer Mandatario.
B .- Contenido del Informe.
Analizado el contenido del documento y dadas las referencias queen él se hacen a la institución, la responsabilidad excepcional que ésta debió asumir en el período objeto del trabajo publicado y las funciones que la Constitución Política le asigna, el Ejército de Chile cumple con hacer presente lo siguiente:
Analizado el contenido del documento y dadas las referencias queen él se hacen a la institución, la responsabilidad excepcional que ésta debió asumir en el período objeto del trabajo publicado y las funciones que la Constitución Política le asigna, el Ejército de Chile cumple con hacer presente lo siguiente:
1-Expresiones preliminares del Ejército.
a.- Declaración del 13 de junio de 1990
Se considera oportuno recordar la declaración pública del Ejército, de 13 de junio de 1990, por cuanto ella contiene un planteamiento amplio sobre el pensamiento general con que la institución enfoca y evalúa los hechos que aparecen calificados en el Informe como violaciones a los derechos humanos. Algunos de sus planteamientos sustanciales fueron los siguientes:
“Los hombres de armas- hombres de honor, formados con sanos principios morales y entregados por entero a los intereses superiores dela patria- nos dolemos como todos los chilenos con las lágrimas de estos años. Tenemos también nuestros propios mártires, nuestras viudas, nuestros huérfanos y nuestros mutilados”.
“La paz- obtenida por la contribución de todos los que lucharon por la libertad de nuestra patria- suele hacer olvidar las trágicas dimensiones de la guerra”.
“Cuando va alejándose en el tiempo, la guerra y sobre todo las causas que la motivaron empiezan a desaparecer”.
“La guerra no es nunca incruenta y siempre depara dolores, odiosidades, injusticias e inhumanidades. Su paso deja en primer plano, y quizás como exclusiva, esta imagen cruel”.
“Los que provocan la guerra y los que arrastran a los pueblos al empleo de las armas no son los soldados. Estos hacen la guerra y cuando vuelven victoriosos , afrontan el olvido, cuando no la incomprensión y la censura”.
“Quienes instrumentalizan episodios dolorosos están profundizando las heridas de los que han sufrido, intentan dividir a los chilenos y obstaculizan la reconciliación a la que el Ejército de Chile quiere sumarse lealmente”.
“Preocupa que un tratamiento irresponsable de ese alto objetivo pueda conducir a la exacerbación del odio y a reacciones de regresivas consecuencias”.
“La institución tiene el convencimiento de que durante estos años no ha dejado un solo instante de servir a Chile y se enorgullece del mérito imperecedero que surge del cumplimiento de una histórica misión”.
b.- Presentación institucional a la Comisión :
Con fecha 6 de agosto de 1990, el Ejército hizo entrega a la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación del informe que aquella le solicitó.
Dicha presentación contiene antecedentes de la situación imperante en Chile en el período inmediatamente anterior al 11 de septiembre de 1973, la forma en que evolucionaron los hechos y en que ellos afectaron a los diferentes sectores políticos y sociales de nación, y cómo el Ejército cumplió su histórica misión, a la vez que debió soportar las consecuencias del accionar subversivo y terrorista .
Dicha presentación contiene antecedentes de la situación imperante en Chile en el período inmediatamente anterior al 11 de septiembre de 1973, la forma en que evolucionaron los hechos y en que ellos afectaron a los diferentes sectores políticos y sociales de nación, y cómo el Ejército cumplió su histórica misión, a la vez que debió soportar las consecuencias del accionar subversivo y terrorista .
Además, contiene las consideraciones de carácter teórico, jurídico, histórico, económico, social y moral de la acción militar, así como aspectos referidos a las víctimas de la institución diversos fundamentos documentales que apoyan los predicamentos expuestos.
El Ejército no puede concordar con que, en definitiva, haya sido desestimado un presupuesto básico de su presentación, que se refiere a la existencia de un estado de guerra en el período histórico que interesa, con todo lo que significa dicha noción, sostenida profesional, competente y legalmente.
2.- El Ejército frente a los criterios empleados
Los caminos seguidos por la Comisión para alcanzar los objetivos que se le encomendaron y el Informe evacuado por ella como culminación de su trabajo, merecen al Ejército las siguientes consideraciones :
A.- Hacia la reconciliación
La historia y las experiencias individuales y sociales prueban que situaciones de gran conflictividad no se superan con la reconstitución de los hechos causantes del conflicto. Ella interrumpe el apaciguador transcurso del tiempo, que permite moderar animosidades y olvidar agravio. Estos criterios han inspirado durante siglos la institución de la amnistía.
Al reconstituir el pasado doloroso, lo probable es que renazcan sentimientos de hostilidad recíprocos, con eventual inestabilidad del orden interno y riesgo para la seguridad de muchas personas. Esto es válido tanto para los conflictos externos como para aquellos internos que ha debido soportar el país.
La paz de una Nación se obtiene en definitiva, acentuando aquello que une a su población y superando lo que la divide.
b.- Verdad unilateral
Las fuentes de información de la Comisión fueron unilaterales.
Para alcanzar una verdad objetiva debe disponerse en cada caso no sólo de las informaciones provenientes de una de las partes involucradas, sino de los antecedentes que forman prueba o evidencia de cómo los hechos fueron en realidad. El solo aporte y acumulación de antecedentes, sin la rigurosidad legal, proporcionados sobre la base exclusiva de una sospecha o denuncia de una parte, no pueden bastar, para construir una convicción o certeza, fundada en tan débiles cimientos.
Para alcanzar una verdad objetiva debe disponerse en cada caso no sólo de las informaciones provenientes de una de las partes involucradas, sino de los antecedentes que forman prueba o evidencia de cómo los hechos fueron en realidad. El solo aporte y acumulación de antecedentes, sin la rigurosidad legal, proporcionados sobre la base exclusiva de una sospecha o denuncia de una parte, no pueden bastar, para construir una convicción o certeza, fundada en tan débiles cimientos.
La verdad que se construye sobre la base de una sola versión es precaria y puede conducir a legitimar actuaciones reprobables. No remedia esa precariedad el argumento de que hubo personas que se excusaron de declarar ante la Comisión, porque, aparte de que la imposición de una obligación en tal sentido habría violado los derechos de esas personas, la autoridad morar que puede atribuirse a una comisión de vida efímera no podía garantizar que los afectados no quedaran expuestos a la agresión terrorista por su sola compararencia.
c.- Improcedencia de la convicción administrativa
El objetivo de la Comisión, según el decreto supremo que le dio vida, era “el de contribuir al esclarecimiento global de la verdad (...)” sin que para su consecución ella pudiera asumir funciones jurisdiccionales propias de los Tribunales de Justicia ni interferir en procesos pendientes ente ellos.
En consecuencia la Comisión no pudo ni debió extender sus funciones a un ámbito que le estaba vedado, por ser propio de los tribunales establecidos por la ley, cual es esclarecimiento de hechos que puedan ser constitutivos de los delitos y de los que participes de los mismos.
Es por ellos que las “convicciones” a que arriba exceden del marco de sus atribuciones, y se sustentan en todo caso en elementos probatorios que resultan insuficientes para adquirir la certeza que se consigna, máxime si se tiene en consideración que para adquirirla no se siguió un procedimiento justo e imparcial.
A raíz de la publicidad que se ha procurado dar al Informe, las referidas “convicciones”, personales y precarias, se han convertido en verdaderas sentencias condenatorias contra muchas personas al margen del debido proceso, dando lugar a su descrédito ante la opinión pública y exponiéndolas a la vindicta terrorista.
d.- Contradicción global
El propio Informe reconoce que el breve tiempo de que disponía la Comisión, el extenso período motivo de análisis y las circunstancias en que los hechos se habrían dado, constituyeron dificultades insuperables para llegar a conclusiones en conciencia respecto de determinadas denuncias.
Sin embargo, resultaron sorprendente que tales obstáculos no hayan existido para arribar a las demás conclusiones que se consignan en el Informe, la contradicción es evidente.
e.-Invasión de atribuciones judiciales
En la difusión del Informe y en algunos de sus acápites, se da a entender que él no determina ni se arriesga a atribuir responsabilidades personales, y reconoce que ello sólo pertenece a la competencia de los Tribunales de Justicia.
Sin embargo, además de exponer una visión parcial de cada hecho, se aventura a determinar de tal modo algunas circunstancias y a otorgarles tal carácter de verosimilitud que, sin señalar nombres, prácticamente hace aparecer a determinadas personas como presuntas responsables.
Tal línea de conducta se advierte a todo lo largo del Informe, confirmado el alto grado en que la Comisión se ha excedido en las facultades que jurídicamente le pudieran haber cabido. Esta invasión de atribuciones coloca en situación difícilmente sostenible a la autoridad constitucional llamada a intervenir legítimamente, es decir, al Poder Judicial.
Pero eso no es todo: cuando la Comisión propone un procedimiento judicial para la declaración de muerte presunta, califica de prueba suficiente de esa muerte ante los Tribunales la inclusión por ella misma del respectivo nombre en la lista de las víctimas.
f.- Uso legítimo de la Fuerza
El informe no reconoce el uso legítimo de la fuerza. El pronunciamiento militar significó el ejercicio de la instancia suprema de solución cuando la vía política consensual estuvo agotada. Por su naturaleza, el uso de la fuerza legitima puede afectar la vida de las personas o su integridad física.
g.- Estado de guerra
La Unidad Popular, en su proyecto ideológico, concibió la transformación de la sociedad chilena, en una sociedad comunista .La experiencia histórica enseña que ella sólo puede alcanzarse bajo un régimen totalitario.
Consciente de que su aplicación no sería tolerada por la gran mayoría de los chilenos ni por sus Fuerzas armadas, la Unidad Popular consideró a la guerra civil como recurso para alcanzar el poder total, una vez agotados los mecanismos electorales, como lo prueban sus iniciativas no desmentidas de montar un ejército paralelo y clandestino, con la colaboración cubana.
Consecuente con lo anterior, a partir del momento en que accedió al poder, la Unidad Popular impulsó decididamente la creación de grupos armados formados por millares de extremistas. A quienes se proporciono instrucción guerrillera y se dotó de armamento pesado, internado clandestinamente al territorio nacional.
Se amenazaba diariamente, de hecho y de palabra, a una civilidad casi inerme y cada vez más angustiada por este cuadro de guerra civil, hecho particularmente denunciado en forma mayoritaria por las mujeres de nuestra patria.
El informe elude toda referencia a la “vía armada” como método de acción política, a través del inadmisible expediente de igualar lo que ex Presidente de la República, don Eduardo Frei Montalva, calificó acertadamente como “un verdadero ejército paralelo” impulsado por la Unidad Popular, con grupos de civiles de signo opuesto que procuraron organizarse para enfrentarlo.
La Comisión tampoco alude a la importante circunstancia de que la Unidad Popular fomentó sistemáticamente el odio entre compatriotas. Su propósito revolucionario requería que los diferentes sectores de chilenos se consideraran entre sí como enemigos irreconciliables, aunque fuesen vecinos de residencia, aunque laboraran en la misma empresa o faena e , incluso, aunque fuesen jóvenes que estudiaban en el mismo liceo, colegio o universidad.
Como último paso para consumar un golpe totalitario en condiciones de, posible éxito, la Unidad Popular intento infiltrar y dividir a las Fuerzas Armadas y Carabineros, generando al interior de ellas una tensión extrema para sus mandos e integrantes.
Es decir, la Unidad Popular había creado la fuerza y desarrollado el escenario para llevar a la fase de ejecución los planes que le permitirían materializar la guerra civil, lo que, dadas sus características, no sería jamás declarada oficialmente ni cuya existencia se reconocería explícitamente.
La acción de las Fuerzas Armadas hizo fracasar este intento.
Sólo por eso, la guerra civil revolucionaria pudo conjurarse en su fase larvada, sin que ella estallara en todas sus dimensiones. Pero persistió la guerra subversiva. Hoy, para algunos observadores ligeros y desinformados de la realidad, aparece como que las Fuerzas Armadas y Carabineros actuaron contra un enemigo interno que , en la perspectiva del tiempo, juzgan casi indefenso.
No obstante, se olvida que se evitó una larga sangrienta guerra civil, fue precisamente por la oportunidad , cohesión y drástica energía con que los mandos de las instituciones de la Defensa Nacional emprendieron la tarea de restaurar a la patria amenazada, respondiendo el 11 de septiembre de 1973 al clamor incontenible de una amplia mayoría popular.
Afirmar que el país fue controlado en pocos días no se ajusta a la verdad, puesto que, para conjurar definitivamente el estado de guerra , fue menester una larga tarea de neutralización de la posible capacidad de reacción de los grupos paramilitares extremistas, cuyo grado de preparación bélica, de organización política y de poder armado no era dable medir con exactitud, mientras esos grupos no fueran militarmente anulados.
Pero el Informe desconoció la situación de guerra subversiva que existió en el período escogido para analizar las llamadas violaciones a los derechos humanos.
Desde el punto de vista de cualquier institución armada seria, cuando se enfrenta una situación de guerra sólo cabe como propósito la victoria total.
Tampoco el informe evaluó en todo su contexto, magnitud y proyecciones la situación de peligro de orden bélico de la acción terrorista y subversiva armada, próxima o inminente, durante todo el período 1973-1990.
Los hechos que la Comisión recoge bajo el concepto de “violaciones de derechos humanos cometidos por particulares bajo pretextos políticos” formaron parte de una planificada estrategia de sectores importantes de la izquierda marxista chilena e internacional, tendiente a recuperar el poder perdido en 1973, sea a través de la utilización de vía de movilización social e ingobernabilidad o derechamente con el concurso de cuantioso armamento, cuya manifestación más visible está en los arsenales de Carrizal Bajo y en el atentado al Presidente de la República en 1986.
h.- Criterio selectivo para la verdad.
La Comisión concentró toda su atención, como único factor de división entre los chilenos , en las llamadas violaciones a los derechos humanos.
Se afirmó que sólo hubo violaciones a los derechos humanos en el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990. lapso que precisamente coincide con el de la gestión del gobierno militar.
Agrava esta coincidencia el que se pretenda crear una “conciencia colectiva” sesgada sobre lo acontecido durante dicho gobierno, que tergiversa gravemente la ponderación de su obra.
El Ejército no acepta la tesis anterior, ni menos que se haya excluido como objetos de investigación las múltiples y flagrantes violaciones a los derechos humanos cometidas durante los años precedentes al 11 de septiembre de 1973, sin que hubiera existido una amenaza subversiva de la magnitud a la que enfrentó el gobierno militar.
Cabe recordar, por ejemplo y sin perjuicio de otras situaciones, el trascendental acuerdo de la Cámara de Diputados, de 22 de agosto de 1973, que señaló expresamente los derechos humanos que el régimen marxista violó en forma masiva y sistemática.
El sólo hecho de querer transformar a Chile en una sociedad comunista conllevaba, ineludiblemente, el atropello de todos los derechos de las personas.
i.- Verdad histórica omitida
No se desarrollaron todas las causas que han dividido a la sociedad chilena y que aún están lejos de hallarse superadas.
En nuestro país el enfrentamiento fraticida comenzó cuando el consenso fundamental de la sociedad se quebró por el afán de imponer, sin concesiones ni transacciones significativas, visiones globales sobre la sociedad y el hombre.
No debió omitirse una detallada evaluación crítica de lo que significaron, como factores de división violenta, aspectos de las experiencias gubernativas transcurridas entre 1964 y 11973, pero muy especialmente la correspondiente a la de la llamada Unidad Popular.
Esta última representó una agresión superlativa al orden institucional de la república, al sistema político, económico y social del país, a la identidad de la patria y a la seguridad nacional. Todo ello implicaba una amenaza a la paz y la concordia entre los chilenos y a todas sus garantías y derechos fundamentales.
En consecuencia, no son las denominadas violaciones de derechos humanos atribuidas al período 1973-1990 la circunstancia conflictiva y divisoria de los chilenos. Es inaceptable que se presente como la verdad integral sólo la relativa a tales presuntas violaciones. También lo es pretender que esa verdad sea aceptada por todos, la pena de recibir la imputación de estar actuando de “ mala fe ”.
La realidad integral de amenaza a múltiples derechos legítimos que significó el régimen de la Unidad Popular no sólo es antecedente insoslayable de lo acaecido con posterioridad al 11 de septiembre de 1973, sino que en sí misma representó un mal espiritual, material y cultural de la más alta envergadura y de máxima nocividad para valores y principios superiores y permanentes de nuestra nacionalidad .
Tal situación no puede quedar reducida a un mero juicio histórico posterior ni se salva el sólo mérito de vagas autocríticas. Ella debió hacer sido objeto de un tratamiento análogo al recaídos sobre las presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas al período 1973-1990. Tal enjuiciamiento aparece como indispensable, independientemente del período de gobierno militar y aún cuando no hubiera ocurrido el 11 de septiembre de 1973, si es que se quiere exponer toda la verdad global en términos de que efectivamente pueda ser compartida por todos los chilenos.
j.- Obstáculos para la reconciliación
Los desequilibrios que se han señalado respecto del establecimiento de la verdad, son un obstáculo en la reconciliación que se pretende obtener.
El propósito de reconciliación entraña el deber de reconocer todos los quiebres o escisiones existentes entre los chilenos. Como nadie podría negar, según lo antes expresado, que la presunta violación de los derechos humanos no es la única causa de tales quiebres o escisiones, no podrá alcanzarse una paz general y sólida sin no se analizan y enjuicia todos dichos factores disociadores.
La reconciliación, en consecuencia, debe pasar por una evaluación adecuada y seria de la verdad.
No es posible que se esgrima la reconciliación para atender sólo a las apreciaciones y juicios de una de las partes de la sociedad dividida.
Para una parte importante de la nación, que comprendió la gesta del 11 de septiembre de 1973, el verdadero “ nunca más”, debe provenir, ante todo, de aquellos que con sus distintos experimentos ideológicos llegaron al país a una ineludible reacción de legítima defensa ante la abierta ilegitimidad en que se había incurrido.
Se requiere que “ nunca más” se pretenda en Chile poner en práctica un proyecto político de la naturaleza y alcances del que representó el de Unidad Popular. De lo contrario, será imposible impedir la experiencia que el legítimo empleo de la fuerza por sus propias características conlleva o hace difícil evitar.
3.- El Ejército frente aspectos específicos
Las siguientes materias o conceptos incluidos en el Informe atentan contra los valores y principios esenciales del quehacer institucional, y algunos de ellos invaden el campo de acción específico y privativo de la institución :
a.- Papel de las Fuerzas Armadas y de Orden:
El Ejército, como parte de las Fuerzas Armadas, a diferencia de la condición que el Informe le pretende asignar en el período previo al 11 de septiembre de 1973 y en el posterior, es, por esencia, una institución apolítica, en su calidad de entidad permanente al servicio de la patria.
En consecuencia, no se compromete con determinados sectores políticos en pro de los objetivos de los mismos. Afirmar que lo ha hecho constituye una abierta tentativa desvirtuadora de la participación de los cuerpos armados de la república en la historia de la patria, destinada a crear en la conciencia nacional concepciones erradas sobre su misión.
Igualmente equivocada es la forma en que se señala en el Informe la relación del concepto de seguridad nacional en un régimen autoritario con las acciones del gobierno militar. Este es un medio para alcanzar el bien común, de forma que no cabe entender como una “ doctrina” o un elemento que obedezca a inspiraciones foráneas.
Por consiguiente, se rechazan los planteamientos expresados al respecto por la comisión, en cuanto tergiversan la realidad histórica y constituyen una inaceptable imputación, en especial en cuanto suponen una relación directa del Ejército con determinadas corrientes de opinión política, a cuyas concepciones sus miembros adherirían.
b.- Inadmisible calificación del Ejército
De acuerdo al sistema de planificación, el Ejército, al igual que las demás instituciones de las Fuerzas Armadas, desarrolla un constante proceso de apreciación de la situación para evaluar las circunstancias, y sobre la base de las conclusiones que obtiene, va previendo las formas de acción para enfrentar los requerimientos que su misión le exige, entre ellos la capacitación y el entrenamiento militar necesarios para su adecuada participación- en calidad de institución fundamental del Estado- en la tarea de procurar el bien común de la sociedad.
Por lo tanto, ubicar al Ejército en el solo contexto de “elemento anticomunista”, dado su entrenamiento en materias de contrainsurgencia, constituye una falsedad histórica y una falacia conceptual inaceptable puesto que desconoce gravemente sus funciones naturales en una sociedad organizada. Lo anterior, unido al intento de relacionarlo con un determinado sector político, demuestran una evidente acción descalificadora dañina para los intereses nacionales.
c.- Fuerzas Armadas y de Orden como actores políticos.
Para analizar la legalidad de los actos del gobierno militar, es preciso hacerlo en términos justos y realistas, dejando de lado las visiones ideológicas de cada sector político o de la persona que efectúa este análisis. Es falso que se cambiara la legalidad según la conveniencia coyuntural, como también lo es que la plena independencia del Poder Judicial no fue respetada, según insinúa el Informe.
Por lo tanto, cabe señalar que en sus diferentes períodos el gobierno de las Fuerzas Armadas y Carabineros, desde el punto de vista jurídico, introdujo las modificaciones constitucionales y legales que fueron imprescindibles para llevar adelante , en primer lugar, un proceso de reconstrucción nacional, posteriormente para someter a las urnas un orden institucional democrático y, dada la aprobación popular mayoritaria, ponerlo en práctica; y finalmente, para alcanzar la consolidación de la plena democracia, conforme al compromiso asumido el 11 de septiembre de 1973.
Por lo anterior, la institución no puede compartir juicios falsos y tendenciosos, emitidos a esos respectos.
d.- Supuestas contradicciones internas.
El Ejército no tiene ni ha admitido jamás al interior de sus filas grupos secretos u organizaciones de fachada dedicados a sustentar doctrina políticas, ni menos a conducir o influir en las decisiones que adopta el ato mando institucional .
Por lo tanto, y como parte del gobierno militar, está en condiciones de asegurar que lo dicho por la comisión en este sentido, constituye un error injustificable y ofensivo para él.
e.- Legalidad del estado de guerra.
La Institución estima imprescindible que se tenga en cuenta la vigencia del estado de guerra, declarado según el decreto ley Nº 5, no sólo por haber definido profesional y competentemente su presencia a partir del 11 de septiembre de 1973, tal como se señaló con anterioridad, sino que amparado en que los tribunales ordinarios no cuestionaron la constitucionalidad del mencionado instrumento legal, según lo señala el propio Informe.
f.- Evaluación de la función ejecutiva
La institución percibe que la calificación que se hace sobre la función ejecutiva durante el gobierno militar constituye una evidencia más de que en la redacción del Informe ha influido la conocida posición dequienres recurren a todo tipo de argumentos para denigrar la figura y la imagen del comandante del Ejército en el desempeño de su gestión presidencial.
El comandante en jefe del Ejército hizo uso de sus atribuciones de gobierno y administración con el apoyo de todos los órganos que componen la administración del Estado y con la importante fiscalización que deriva de la Contraloría General de la república y también del Tribunal Constitucional, que cumplió una actuación importantísima.
g.- Apreciaciones sobre consejos de guerra.
El Ejército rechaza las apreciaciones formuladas por la comisión sobre los consejos de guerra. Ellos se constituyeron y actuaron con apego a las disposiciones legales que los regían, las que, con algunas modificaciones, datan de 1839, época de la dictación de la ordenanza general del Ejército.
Sin perjuicio de lo anterior, expresa su preocupación por las facultades auto atribuidas por la comisión en esta materia , ya que se permite enjuiciar los fundamentos o contenidos de resoluciones dictadas por tribunales de la república, cual es el caso de las pronunciadas por los tribunales de tiempo de guerra, actuación que contraviene la Carta Fundamental.
h.-Reparación por supuestas responsabilidades.
El Ejército no acepta asumir la responsabilidad de hechos que no han sido probados, menos si las respectivas imputaciones atentan contra su tradición de honor. La institución y su alto mando jamás han dejado de hacerse responsables ante la patria de las acciones que han debido emprender a lo largo de honrosa historia.
i.- Inconsecuencia de reivindicar supuesta dignidad de grupos terroristas.
La institución no comparte la iniciativa de reivindicar a personas o grupos armados que provocaron gran parte de la crisis del año 1973 y que continuaron después de esa fecha luchando organizadamente contra las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden. Ello atentaría contra la verdad y la objetiva evaluación de la gestión del gobierno militar.
Por lo tanto, el Ejército rechaza potenciales actos e iniciativas que pretendan reivindicar a personas o grupos que han sido y siguen siendo negativos para una sana convivencia entre los chilenos.
J.- Recomendaciones sobre el servicio militar.
El Ejército no puede aceptar bajo ninguna circunstancia que existan discriminaciones en cuanto a las cargos pública que la Constitución impone a los ciudadanos, como lo sería el liberar de la obligación del servicio militar a determinas personas, por ser familiares directos de quienes son señalados como víctimas de supuestas violaciones de derechos humanos.
Tal proposición resulta contrapuesta con el ánimo reconciliatorio declarado por las autoridades de gobierno. De materializarse, atentaría contra una efectiva unidad nacional, discriminando entre los jóvenes chilenos frente a sus responsabilidades militares y, por ende, a sus deberes constitucionales.
La obligatoriedad del servicio militar no sólo constituye una carga pública, sino que es manifestación de un deber que asiste a todo chileno.
Aparte de eso, el Ejército considera absolutamente inaceptable la imputación falsa que se hace al funcionamiento del servicio militar, que carece de todo fundamento y es propia de quienes desconocen, teórica y prácticamente, como se desarrolla la vida en cuarteles. Si bien en ellos existen rigurosas exigencias , necesarias para la formación integral del ciudadano- que debe estar dispuesto a entregar la vida por la patria si fuese necesario.- también está presente el incentivo permanente hacia la solidaridad, el espíritu de cuerpo, la camaradería y la mutua lealtad.
No existen en la institución prácticas que lesionen la dignidad de las personas.
Por el contrario, en el establecimiento y desarrollo de las relaciones humanas en el interior de los cuarteles está presente un conjunto de valores y virtudes que se inculcan de generación en generación, entre los que cobra especial importancia el sentido de la vida, la dignidad de la persona, el cumplimiento del deber y la responsabilidad por los actos que se emprenden.
Por el contrario, en el establecimiento y desarrollo de las relaciones humanas en el interior de los cuarteles está presente un conjunto de valores y virtudes que se inculcan de generación en generación, entre los que cobra especial importancia el sentido de la vida, la dignidad de la persona, el cumplimiento del deber y la responsabilidad por los actos que se emprenden.
Desconocer esas realidades, implica un grave atentado contra la inmaculada tradición de honor del Ejército de Chile.
k.- Jurisdicción castrense y derechos humanos.
El Ejército hace presente en primer término, que el Código de Justicia Militar, sobre cuya base actúan los tribunales castrenses, en una normativa anterior al gobierno de las Fuerzas Armadas y Carabineros.
Por otra parte, su aplicación por los tribunales militares se ha ajustado permanentemente a las normas establecidas en dicho código. Se ha fallado
Siempre conforme a derecho, y las resoluciones de dichos tribunales han sido objeto de reconocimiento y revisión por parte de la Corte Marcial y Corte Suprema, través de la interposición de los recursos procesales procedentes.
Las medidas que propone el Informe para alterar una vez más la jurisdicción castrense se consideran inconvenientes, por cuanto ellas no obedecen a una necesidad, sino a una crítica carene de fundamentos. Lo que es aún peor, ponen directamente en duda la calidad y la capacidad de los letrados castrenses, cuya actuación no h asido motivo de reparos por parte de sus superiores jerárquicos, la Corte Marcial y la Corte Suprema de Justicia.
Aparece de manifiesto, si se considera que la Corte Suprema ejerce la superintendencia directiva, correccional y económica en relación con la administración de la justicia militar en tiempo de paz, que existe una eficaz garantía de la independencia e imparcialidad de estos tribunales especiales del Poder Judicial. Cualquier falta o abuso en que pudiere incurrir alguno de los integrantes de éstos seria sancionado por el máximo tribunal de la República .
Además, es del caso indicar que el procedimiento penal militar cuenta con recursos jurisdiccionales que permiten la revisión de las decisiones adoptadas por los tribunales militares y que también constituyen salvaguardia suficiente para el debido proceso.
1.-Supuesta pérdida de prestigio del Ejército
El Ejército, a lo largo de toda su historia -y por lo tanto también durante su gestión gubernativa- se ha atendido fielmente a los valores, principios y virtudes que orientan el ejercicio práctico de la vocación militar para el desarrollo de sus funciones.
La institución, en conjunto con las demás ramas de las fuerzas Armadas y Carabineros, debió intervenir en 1973, para lograr la superación de las crisis moral, institucional, económica y social que asolaba a nuestro país, acción que obedeció al clamor ciudadano y que se produjo, precisamente, por la confianza que se habían ganado estas instituciones ante sus compatriotas a través de la historia de Chile.
Por lo tanto, es inaceptable pretender relacionar, auque sea de manera indirecta, supuestas actividades delictivas que habrían sido cometidas en forma individual, con la actuación que históricamente ha cabido al Ejército en la vida nacional, con mayor razón cuando esos supuestos delitos se basan principalmente en declaraciones de personas que se dicen afectadas.
Lo anterior deja en claro, asimismo, que es absolutamente innecesario discurrir medidas para revertir una situación calificada de manea sesgada, de la forma en que se consigna en el Informe.
m.- Supuestos vacíos de la formación militar.
Al contrario de los que se sostiene en el Informe, la institución, en sus programas de estudio, considera todos los elementos necesarios para la recta formación de sus integrantes y el perfeccionamiento de los mismo en las diferentes etapa de la carrera militar, incluyéndose sistemáticamente las asignatura de ética profesional militar, educación cívica, legislación y reglamentación, en cuyos contenidos se da especial énfasis al valor de la vida, los derechos del hombre y sus deberes correlativos, todo ello conforme a la centenaria tradición que inspira a nuestro Ejército.
A lo anterior se agregan, además de otras asignaturas relacionadas directamente con el mejoramiento personal, aquellas que abarcan la formación de su intelecto, su espiritualidad, su moral y el reforzamiento de aspectos relativos a la cultura general, con sólidas bases éticas y concepciones cristianas.
Tan es así que, como consecuencia de esta formación integral, unida a la vocación de servicio a la patria, los hombres de armas deben estar dispuestos, incluso, a entregar la vida en aras de los supremos intereses nacionales y en beneficio de sus semejantes.
En consecuencia, cualquier incorporación de materias impuestas o sugeridas en este orden de conceptos, es innecesaria e inaceptable.
Asimismo, es absolutamente improcedente proponer la participación de otros profesores especializados u organismos externos. El Ejército dispone de un selecto grupo de profesores, tanto militares como civiles, que poseen un amplio dominio de los temas cuya enseñanza les corresponde impartir, y cuya calidad moral y profesional se encuentra sometida a un proceso permanente de evaluación y calificación.
n.- Equivocada concepción de la seguridad nacional.
La seguridad nacional no es, como señalan sus detractores, “la” doctrina identificada con la protección del bien común en su integridad, que se pretende presentar como causa justificante de atropellos a los derechos esenciales de las personas. Es, al contrario, un concepto integrante del bien común, cuyo fin último es cooperar a alcanzarlo.
Por lo señalado, el concepto de seguridad nacional puede ser discutido, precisado y mejorado, pero lo que no se puede aceptar es que se pretenda atribuirle un carácter ideológico. En consecuencia, la institución rechaza todo intento por vincularla interesadamente a un supuesto de esta naturaleza.
ñ.- Errada concepción sobre los servicios de inteligencia.
La inteligencia militar constituye una función primaria de mando, la que junto a las de personal, operaciones y logística, conforman un todo orgánico que posibilita a aquel, en cualquiera de sus niveles, disponer de las asesoría integral que el cumplimiento eficiente de sus obligaciones le demanda.
La inteligencia militar desarrolla actividades destinadas a informarse especializadamente respecto de las formas en que los potenciales peligros para la nación puedan influir en el cumplimiento de la misión constitucional del Ejército.
En consecuencia, las instituciones castrenses, y en particular el Ejército, nada tienen que redefinir respecto de sus servicios de inteligencia, los que están organizados de acuerdo con los requerimientos propios de sus tareas, en beneficio de la seguridad y defensa nacionales.
o.- Cuestionamiento de la obediencia debida.
Se rechaza categóricamente el cuestionamiento que se hace a la aplicación del principio de la obediencia debida, como también a la formación que , a propósito de ella, se entrega a los integrantes del Ejército.
Lo anterior, por cuanto se pone en duda uno de los elementos fundamentales de la vida militar, cual es la disciplina, valor especial sobre el cual se sustenta el exacto sentido del mando y la obediencia, que asegura el eficiente desenvolvimiento del Ejército para el cumplimiento de su alto e irresponsable misión.
p.- Integración a la sociedad.
No es posible concordar con la sugerencia del Informe en cuanto a que es necesario promover una mayor integración de los miembros de las Fuerzas Armadas y Carabineros , así como también de sus familiar, a la sociedad chilena, puesto que en los últimos años su participación se ha intensificado, en aquellos espacios que le son posibles de acuerdo a las normas constitucionales y legales.
Se destacan las labores sociales voluntarias y comprometidas con los sectores de menores recursos, efectuadas generosamente por las mujeres de los soldados en beneficio de los sectores de menores recursos, a través de las fundaciones CEMA – Chile, de jardines infantiles, de ayuda a la comunidad y otras organizaciones de similar cometido.
q.- Dudas sobre colaboración del Ejército.
La institución ha manifestado reiteradamente, frente a denuncias de particulares en el sentido de que pudiere tener conocimiento del eventual paradero de personas desaparecidas o fallecidas, que no posee antecedentes de esa naturaleza.
Por lo demás, tal como el Ejército lo expresó al señalar sus aprensiones frente al funcionamiento de la comisión, la institución ha colaborado en todo lo posible, dentro del marco de la Constitución y las leyes. Los antecedentes proporcionados a ese organismo son todos los que tiene el Ejército al respecto.
En consecuencia, el Ejército rechaza categóricamente la duda sembrada acerca de su voluntad de cooperación institucional , como también, lo que es más grave, que se persiga hacer creer que la institución oculta información por ser perjudicial para sus intereses o imagen.
r.- En cuanto a la reflexión final de la comisión :
En ésta última parte del Informe se pretende unir sus contenidos con los antecedentes señalados en el exordio, dando los mismos argumentos en él expresados un tono de dramatismo y emocionalidad.
Estos argumentos dan por establecida una verdad definitiva respecto a supuestas violaciones a los derechos humanos en el período 11 de septiembre de 1973 al 11 de marzo de 1990, la que serviría de base para que quienes se sientan afectados por ellas puedan fundamentar sus demandas de justicia y reparación, como también establece que las posibles justificaciones no pueden emplear como argumentos los hechos ocurridos con anterioridad al inicio del período motivo de investigación.
El Ejército rechaza categóricamente esta pretensión que desliga la interpretación de los hechos investigados de la realidad histórica que les dio origen.
III DECLARACIÓN FINAL
III DECLARACIÓN FINAL
El Ejército de Chile frente al llamado a la reconciliación nacional formulado por Su Excelencia el Presidente de la República y el anhelo ciudadano en tal sentido reafirma lo ya expresado en cuento a que siempre encontrará en él a un partícipe entusiasta y un colaborador leal.
Sin embargo, reconociendo la sana intención de ese llamado y con pleno respeto para la alta investidura y la autoridad del Jefe del Estado, el Ejército, en aras del prestigio y dignidad elementales de la institución, manifiesta su fundamental discrepancia con el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y le niega tanto validez histórica como jurídica, por las numerosas razones ya señaladas, que pueden resumirse como sigue:
1) El Ejército , junto a las demás instituciones de las Fuerzas Armadas y Carabineros, fue llamado a intervenir en la más grave crisis institucional sufrida por el país en el presente siglo, como última instancia frente a una seria amenaza a las bases mismas de la convivencia y la soberanía nacionales.
Ellas cumplieron cabalmente su misión, derrotando la asonada totalitaria, reconstruyeron y modernizaron la economía del país, restablecieron la paz social y la democracia y devolvieron la conducción política a la civilidad en un país libre y reconciliado, cuyos habitantes podían convivir en una atmósfera de seguridad pública y privada y ejercitar pacíficamente sus derechos, democráticos.- Todo ello en términos que le han permitido a la república enorgullecerse de su realidad interna ante la comunidad internacional.
El Ejército de Chile ciertamente no ve razón alguna para pedir perdón por haber tomado parte en esa patriótica labor.
2) Una comisión formada por ciudadanos entre los cuales hay quienes ostentaron por años una conocida animadversión hacia las Fuerzas Armadas y Carabineros y hacia su gobierno, carece de la imparcialidad necesaria como para erigirse en instancia capaz de determinar la verdad de hechos sometidos a su conocimiento y que envuelven un juzgamiento de la actuación de los hombres de armas.
3) El Ejército rechaza la utilización político-partidista del Informe y la amplia cobertura internacional que se está procurando darle, cuyos alcances pueden comprometer aspectos básicos de la seguridad interna y de la defensa externa de la República.
4) De una manera muy especial, el Ejército rechaza la conclusión de la referida comisión en el sentido de que no hubo en el país un estado de guerra. –Esa afirmación constituye una ofensa para los caídos de sus filas en esa guerra.
Con todo, ella sirve al mismo tiempo para testimoniar como el intento de la citada comisión de exponer al Ejército a una especie de proceso público contradice las evidencias históricas acera del contexto en que le correspondió actuar.
Al efecto, es del caso citar el testimonio del actual Presidente de La República, Excelentísimo señor Patricio Aylwin Azócar, quién, el 19 de octubre de 1973, declaró textualmente, en el diario La Prensa de esa fecha:
“La verdad es que la acción de las Fuerzas Armadas y del cuerpo de Carabineros no vino a ser sino una medida preventiva que se anticipó a un autogolpe de Estado que, con la ayuda de las milicias armadas con enorme poder militar de que disponía el gobierno y con la colaboración de no menos de 10.000 extranjeros que había en esta país pretendían o habrían consumado una dictadura comunista”.
Otro testimonio de similar valor es el del ex Presidente de la República , don Eduardo Frei Montalva, quien también se pronunció acerca del clima de guerra interna, en carta al presidente de la Unión Mundial de la Democracia Cristiana, Mariano Rumor, del 8 de noviembre de 1973, en los siguientes términos :
“...Instaurado el gobierno convergieron hacia Chile varios miles de representante de la extrema izquierda, de la guerrilla y de los movimientos de extrema izquierda revolucionarios de América (...) hombres conocidos en el continente por sus actividades guerrilleras eran de inmediato ocupados en Chile con cargos en la administración, pero dedicaban su tiempo muchos de ellos al adiestramiento paramilitar e instalaban escuelas de guerrillas que incluso ocupaban parte del territorio nacional, en que no podían penetrar ni siquiera representantes del Cuerpo de Carabineros o de las Fuerzas Armadas (...) se había establecido así un verdadero ejército paralelo”
“...Instaurado el gobierno convergieron hacia Chile varios miles de representante de la extrema izquierda, de la guerrilla y de los movimientos de extrema izquierda revolucionarios de América (...) hombres conocidos en el continente por sus actividades guerrilleras eran de inmediato ocupados en Chile con cargos en la administración, pero dedicaban su tiempo muchos de ellos al adiestramiento paramilitar e instalaban escuelas de guerrillas que incluso ocupaban parte del territorio nacional, en que no podían penetrar ni siquiera representantes del Cuerpo de Carabineros o de las Fuerzas Armadas (...) se había establecido así un verdadero ejército paralelo”
5) El Ejército considera inaceptable que en el Informe se proponga alterar o modificar aspectos que le son esenciales y privativos, sobre todo teniendo en consideración que tales sugerencias provienen de personas o entidades carentes de la idoneidad técnica y profesional, como también del imperio, para pronunciarse sobre materias del ámbito de la ciencia militar.
6) El Ejército no puede arrogarse el derecho de perdonar a los agresores de las víctimas de sus filas, pues cada miembro o amigo de la familia afectada tiene en su corazón el recuerdo del peligro constante y del ataque artero de los victimarios y el de la forma cómo cayó su camarada, su padre, su esposo o su hijo.- Pero sí puede la superioridad pedir a las familias de los caídos en el cumplimiento del deber, que por sí mismas pronuncien sus particulares actos de perdón, como una manera de contribuir a una genuina reconciliación.
7) El Ejército repudia la campaña para presentarlo haciendo objeto de castigos o apremios inhumanos a personas inocentes.
Es cierto que en la sucia guerra desatada por el extremismo pudieron darse situaciones indeseables por el extremismo pudieron darse situaciones indeseables e imprevisibles, pero también lo es que una táctica conocida de la subversión es la de vocear la denuncia de torturas con carácter de escándalo, como lo hiciera en otro tiempo, por ejemplo, la revista del MIR Punto final, contra los organismos de seguridad del gobierno del Excelentísimo señor Eduardo Frei Montalva, en su edición del martes 13 de agosto de 1970, y bajo la firma de un centenar de abogados de la izquierda, con el título de “ crímenes, torturas y violaciones de los derechos humanos”, donde a lo largo de extensas páginas reprodujo relatos y testimonios sobre supuestos tratamientos crueles e inhumanos a individuos apresados por la policía, en términos similares a los que contiene el Informe de La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación.
El Ejército repudia, asimismo, el echo de que en lugar de los procedimientos propios del estado de derecho se prefieran relatos similares a los de pasquines extremistas para emprender una campaña de denostación en su contra.
El Ejército repudia, asimismo, el echo de que en lugar de los procedimientos propios del estado de derecho se prefieran relatos similares a los de pasquines extremistas para emprender una campaña de denostación en su contra.
8) El Ejército de Chile declara solemnemente que no aceptará ser situado ante la ciudadanía en el banquillo de los acusados, por haber salvado la libertad y la soberanía de la Patria a requerimiento insistente de la civilidad.
Menos aún, tolerará lo anterior cuando, entre quienes pretenden levantarse en jueces morales de sus hombres, están los principales responsables de la tragedia vivida, en su condición de máximos conductores de la Unidad Popular.
9) El Ejército de Chile reafirma su decisión de continuar cumpliendo el
rol constitucional de velar por el ordenamiento Institucional de la república y por el respeto de su soberanía externa.
rol constitucional de velar por el ordenamiento Institucional de la república y por el respeto de su soberanía externa.
Ninguna campaña propagandista, ni menos una alimentada y encabezada por algunos de los más visibles promotores de la asonada totalitaria derrotada el 11 de septiembre de 1973, podrá apartarlo de esa misión, de cuyo cumplimiento en el pasado se declara orgulloso, y a cuyo permanente desempeño se declara dispuesto en el porvenir.
Finalmente, el Ejército de Chile, dado el profundo análisis efectuado al Informe De La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, cuyas conclusiones han sido expuestas en esta oportunidad, expresa que esta es la opinión oficial definitiva de la institución en esta materia.